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Ley de Movilidad Sustentable

El Presidente presentó el proyecto de Ley de Promoción de la Movilidad Sustentable junta a Seroelectric.

Pablo Naya - Fundador de Seroelectric - y el Presidente de la Nación Argentina, Alberto Fernández.

El presidente Alberto Fernández presentó el proyecto de Ley de Promoción de la Movilidad Sustentable que tiene como objetivo estimular la utilización creciente y sostenida de vehículos propulsados con fuentes de potencia no convencionales, y de producción nacional.


Además del máximo mandatario, la presentación del proyecto de ley estuvo encabezada por el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, y el secretario de Asuntos Estratégicos, Gustavo Béliz, junto a integrantes del Consejo Económico y Social, y empresarios y sindicatos del sector.


Desde el Gobierno proyectan que, con la implementación de la iniciativa, se crearán hacia 2030 12.500 puestos de trabajo en terminales automotrices, en tanto que habrá inversiones estimadas en u$s5.000 millones.


En tanto, estiman que se crearán 6.000 puestos de trabajo en sectores autopartistas e inversiones por u$s1.500 millones, y 2.500 puestos de trabajo en fabricantes de baterías con inversiones por u$s1.800 millones.


A continuación, los principales puntos de la iniciativa:


1. Alcance y definiciones

Crea un Régimen que promoverá diseño, investigación, innovación, desarrollo, producción, comercialización, reconversión y/o utilización de vehículos propulsados por fuentes de energía sustentables y que también promoverá partes, conjuntos y equipos auxiliares en el territorio del país.

Tiene como objetivo promover la utilización creciente y sostenida de vehículos propulsados con fuentes de potencia no convencionales, de producción nacional. Cubre toda la movilidad terrestre: livianos, medianos, pesados, de pasajeros, de carga, la micromovilidad, los experimentales y los designados por la Autoridad de Aplicación.


Desde el año 2041 no podrán comercializarse vehículos con motor de combustión interna nuevos en el territorio nacional.


2. Régimen de Beneficios

La ley establece un régimen de beneficios: tanto para la demanda (público comprador de vehículos) como para la oferta (terminales, e-autopartistas, fabricantes de baterías y cargadores, etc.)

Establece que el Régimen es temporal y dura 20 años, con beneficios decrecientes en el tiempo para acelerar las inversiones.


3. Se crea la Agencia Nacional de Movilidad Sustentable

Es el primer Régimen Productivo argentino con una institución de I+D con programas

promocionales específicos, enfocada en la Movilidad Sustentable.

Misión principal: promover el desarrollo científico, tecnológico y volcarlo al sistema productivo de la Movilidad Sustentable.


Realizará observación y vigilancia de las tendencias internacionales, normativa y certificaciones y cambios tecnológicos en el sector.


4. Se crea el Fondo Fiduciario de la Movilidad Sustentable (FODEMS)

Garantiza la disponibilidad y sustentabilidad de financiamiento que requerirá el Régimen a lo largo de sus 20 años.


Toma fondos de diversas fuentes y los aplica a la inversión necesaria para la reconversión


Extracto de la nota de ‘ÁMBITO’.



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